Las sospechas de esta malversación se fundan en dos hechos: el primero, que las cuentas de los últimos años eran exactamente las mismas y en segundo lugar, por el gasto tan ridículo del papel donde se hacían los apuntes, dando a entender que había irregularidades en la contabilidad.
Las acusaciones fueron muy graves, ya que hablan de especulación con el precio del trigo y hacer pan de forma clandestina. La primera consecuencia será meter en la cárcel a todos los que estaban relacionados de forma directa con la administración del Pósito: Don Vicente Sánchez de Navas, Alcalde de la Villa por el estado noble, Juan Severino Espinoso ,escribano , Raimundo López , Depositario del Pósito y Don Joaquín Corchado.
El alguacil mayor Juan López estaba al cargo de la custodia de los presos y el médico Don Nicolás Sabas velaba por su salud de forma periódica.
Por último, aparecen las distintas declaraciones de todos los testigos para comprobar las cantidades de trigo que aparecen registradas y el precio que figura en ellas. Es interesante porque aparecen las declaraciones de todos los molineros y datos como el precio del trigo.
Por último, aparecen las distintas declaraciones de todos los testigos para comprobar las cantidades de trigo que aparecen registradas y el precio que figura en ellas. Es interesante porque aparecen las declaraciones de todos los molineros y datos como el precio del trigo.
El proceso tiene lugar durante 1807 y buena parte de 1808. No se hallaron pruebas concluyentes de malversación y el expediente termina con la obligación de hacer todos los apuntes de forma correcta.
!! Aunque todos fueron inculpados, el susto se lo dieron, y por si fuera poco, el 26 de Agosto de 1810 estos mismos personajes volvieron a repetir una experiencia dramática cuando los franceses saquearon Agudo y tomaron como rehenes a las personas principales (ver Informe sobre los excesos cometidos por los franceses).
Resumen del Expediente:
______________________________________
Expediente formado para averiguar la
malversación de los caudales públicos de la villa de Agudo (Ciudad
Real)
Don Bartolomé Muñoz de Torres del
Consejo de S. M., su secretario escribano de Cámara más antiguo y
de Gobierno de él.
Certifico, que el
Ilustrísimo Señor Conde de Isla, Decano Gobernador interino del
Consejo, se sirvió comunicarme en diez y seis de este mes el oficio
siguiente , habiendo llegado a entender el Rey por noticias y
documentos fidedignos el gran desorden que había en la villa de
Agudo, de la comprensión de la Encomienda Mayor de Calatrava que
pertenece al serenísimo Señor Infante Don Carlos María , no solo
en la buena administración de Justicia, sino también en el mal uso
y manejo arbitrario de los caudales públicos, siendo origen de este
mal que en las propuestas de sujetos para los oficios de justicia no
se guardaban huecos, parentescos y demás circunstancias prevenidas
por la Ley, se originó .. comunicar la orden oportuna en el caso al
Señor Decano Gobernador interino del Consejo, mi antecesor, quien en
ejecución de ella comisionó a Don Antonio María Cabañero Abogado
de los Reales Consejos, para que pasando a dicha Villa, reasumiendo
la jurisdicción y ejecutando lo demás que se le previno, procediese
a la averiguación de todos los defectos cometidos en ella. Este
comisionado se constituyó con su Audiencia en Agudo, y procedió
luego a la ejecución de su cometido, formando en consecuencia
diferentes piezas de autos y practicando otras diligencias que
originales dirigí yo a su Majestad.
En este estado me dice el
Señor Don Pedro Ceballos que enterado S.M. del resultado de los
varios expedientes de la Comisión se ha servidor mandar entre otras
cosas, que las piezas de dichos autos se remitan a los respectivos
tribunales a donde tocan y que en ellas con una breve audiencia se
resuelva lo que corresponda en justicia; es decir, que lo
perteneciente a Propios y Pósito se pase al Consejo Real, lo
Criminal y de Propuestas de Oficios a la Cancillería Real de Granada
y lo tocante a Derechos y Preeminencias de la Encomienda al de las
Ordenes, afín de que de este modo quede todo arreglado, al paso que
con la precisa audiencia de las partes, se proceda según la forma
que dictan las leyes , e igualmente se remitirá a donde corresponda
lo concerniente a la falta de papeles en el Archivo de la Villa.
Consiguiente pues a esta resolución paso ….."
16 de Abril de 1807, El Conde de Isla a
Don Bartolomé Muñoz
Pósitos --- Malversación de los
caudales del Pósito
La contaduría General de
Pósitos, cumpliendo con lo mandado en Decreto de 21 de Agosto del
año próximo pasado, ha reconocido las cuentas del Pósito de esta
villa de Agudo respectivas a los años de 1803, 1804 y 1805 y
encuentra que los fondos son los mismos que se refieren en los autos
formados para averiguar el modo con que se han versado los concejales
en el manejo de ellos, sin que se advirtiera por dichas cuentas mala
versación de parte de las Juntas que fueron en los citados años;
pues en cuanto al menor cargo de creces pupilares demandó de haber
repartido más grano que el concedido por el subdelegado; panadeo
clandestino y demás defectos o abusos que constan en los autos, nada
puede exponer la contaduría por carecer de datos positivos para
ello; solo si nota que la regulación del gasto de papel que en ellos
se hacía es sumamente diminuta y aun ridícula, por lo que aun
siendo cierto no se haya usado sino del de oficio y común, no le
pareció a la contaduría excesiva la cantidad de los ochenta reales
que se dotaron y abonó en cuenta por ser posito de repartimiento y
panadeo , en los cuales no deja de invertirse papel y considerando
además otros cuantos precisos de escritorio, que es cuanto sobre el
asunto puede informar la contaduría. Madrid 20 Febrero de 1808.
*****************
20 de Noviembre de 1807
En la dicha Villa de
Agudo, a veinte de Noviembre de 1807, ante mi el S. del Rey Ntr. Sr.
en todos sus reinos del número y Ayuntamiento de la de Tamurejo ,
estante al presente en esta referida y que se mencionarán , pareció
Don Vicente Sánchez de Navas preso en las Casas Capitulares
de ella y dijo que habiendo ejercido la Real Jurisdicción en
calidad de Alcalde Ordinario en su estado de Hijodalgo, de la
indicada Villa , la que le fue … el 6 de abril de 1806 por Don Antonio
María Cabañero, Abogado de los Reales Consejos, quien dio principio
a ...la comisión que se le encargaba , formando los
Expedientes que tuvo por convenientes, los cuales .… fueron
remitidos a los tribunales respectivos y tocaba su conocimiento para
que con audiencia de lo comprendido en ellos se proivenciase en
justicia verificando ante todas cosas el pago de dietas devengadas a
la Comisión en que fueron mancomunadamente condenados al Otorgante
y otros su convecinos, que en efecto así se verificó y en su … se
libró .
****************Auto en el que se toma conocimiento sobre la versación en los Caudales del Real Pósito
En la villa de Agudo a
veinte y seis de Abril de mil ochocientos y seis, el Señor Don
Antonio María Cabañero Abogado de los Reales Consejos y Regente de
de la Real Ordinaria Jurisdicción de ella, por Comisión Superior,
por ante mi el Escribano Notario público, habitado por su Majestad
por la practica de estas Diligencias es el depurar el modo con que se
han versado caudales públicos y para tomar conocimiento … a su
real pósito mandó … los testimonios de cuentas de los años
1803,1804 y 1805....; y respecto a que el Escribano del dicho Pósito
parece serlo Juan Severino Espinoso, que se halla preso de
orden de su Majestad e imposibilitado a la entrega de los referidos
documentos, póngase en libertad con el fin ...que entregue lo que
sea exigido.
****************
Notoriedad del Alguacil Mayor Juan López Alguacil mayor de la comisión y encargado en la custodia de los Presos…
el escribano salió de la cárcel y entrego al Alguacil mayor los documentos que le pedían....
volviendo a la prisión.
****************************
Auto:
Auto:
Siendo necesario para la
comprobación de las cuentas que se han recogido del Escribano del
Pósito, tener a la vista los documentos a que se refieren y demás
que califiquen las legitimidad de las Partidas que contienen : haga
hacérsela saber a el mismo, entregue los Libros de Entradas y
Salidas de Granos, y de los años a que aquellas corresponden, las
licencias, repartimientos...
*******************************
Encuentran defectos en los libros de estos años.........
.....
Van haciendo una auditoría contable de los libros entregados por el Escribano...
.....
Testigos, para comprobar
que se han llevado las cantidades de trigo que figuran en los apuntes
así como el precio. “Comparecen en este Juzgado Gregorio Morales y
Diego Sánchez, bajo juramento declaren el número de fanegas de
trigo y precios a que las han comprado y vendido de cuenta del mismo
Pósito y también si tienen noticias de las Otras compras y ventas y
personas que lo han hecho.
*************Declaración de Andrés Cabello
En dicha villa dicho día
, fue comparecido en este Juzgado Andrés Cabello de esta vecindad,
con objeto de evaluar la cita que le hace Gregorio Morales en su
anterior declaración, y por ello, se le tomó juramento, dijo: “
es cierto que en el año pasado de mil ochocientos cuatro, estuvo en
sus casas el Arrendador del Voto de Santiago, Juan de Mansilla,
vecino de Siruela y su compañero Juan de Tena, que es lo de la Villa
de Garlitos, y en ellas, recibieron el trigo que recogieron de la
dicha venta en esta villa, y luego se dispusieron de … a Siruela,
les ….. les acompaño en la cobranza y algunos contribuyentes
pagaron en dinero y entre ellos Gregorio Morillo....
***************************Se pide a las villas de Siruela y Garlitos para que comparezcan Juan Mansilla y Don Juan de Tena en este juicio para dar su testimonio y declaren el precio del grano.
**************
Declaración de Sebastián López, vecino de Agudo. Dijo: Que en marzo del presente año recibió del
depositario del Pósito de esta villa, fanega y media de trigo, con
obligación de pagarlo en el mes de Agosto más próximo a precio de
Ciento y once maravedíes la fanega …..
**************
Declaración de Juan Antonio
Millán
…. recibio igual que el
anterior...”Que es cuanto sabe y puede decir sobre lo preguntado”
**************
Testimonios de :
Tomás Murillo, Pedro Isidoro Gutiérrez, Patricio Montes
....
....
Eusebio Cerrillo
,labrador
Dijo: que por el asentamiento de 1808 se le nombró Depositario del Real Pósito de esta villa, cuyo empleo sirvió aquel año y parte del siguiente. Sin embargo de que desde luego manifestó que no podría admitirlo a causa de no saber leer ni escribir, pero que al final se vio obligado por las instancias que los individuos de aquel le hicieron y particularmente el Alcalde Gavino León, que en todo este tiempo y por lo respectivo al año de 1807 solo se acuerda de ejecutarse una compra de trigo como de 40 fanegas de cuyo precio no hace memoria, a unos tragorreros? De Extremadura, pero que bien se
acuerda de se le entregó el dinero de su importe y que el trigo se
midió en casa del interventor del Pósito Don Deogracias de Navas,
donde quedó sin entrar en las Paneras de aquel, pacer desde la misma
casa se sacaron las partidas que fueron necesitando de su producto
fue el que entró en …... y solo si que en el dia que rindió sus
cuentas de la Depositaria se entregaron unos Doce mil reales a
Enrique Medina y Marcos Blasco para que comprasen trigo, …
y por último , que el Alcalde Gavino León sin ser juez ni
interventor del Pósito, y apenas de la resistencia que hacía Don
Vicente de Navas que lo era, le instistió dejase la Depositaría
de la Venta de Pan bajo la multa de Diez Ducados nominando también
con ella a las Panaderas si le llevan pan a su casa, por lo cual se
vio obligado a dejar el empleo de Depositario por no mezclarse en
cosa alguna y con esto consiguio lo que quería el mismo Alcalde
Gavino León, que fue vender en su casa el Pan del Pósito, como hizo
más de medio año.
******************Declaraciones de:- Marcos Blasco, molinero
- Enrique Medina, molinero
- Lorenzo Urbina, Labrador
- José del Burgo, molinero
- Pascual Dueñas, Arriero
- Diego Sánchez , hijo de Juan,
vecino de Miguelturra
******************
Declaración de Antonio Vera Roque,
panadero en 1804 por disposición de Alcalde Don Vicente Sánchez
Navas.
******************
Don Nicolás Sabas, médico titular
Fue a visitar a los que estaban en la Prisión para comprobar el estado de salud.
Tenían calenturas estacionales.
Don Nicolás Sabas, médico titular
Fue a visitar a los que estaban en la Prisión para comprobar el estado de salud.
Tenían calenturas estacionales.
*******************
Como he comentado anteriormente, finalmente exculparon a todos los implicados, pero exigieron que los papeles recogieran todos los movimientos tal como estaba reglado.
Como he comentado anteriormente, finalmente exculparon a todos los implicados, pero exigieron que los papeles recogieran todos los movimientos tal como estaba reglado.
Fuentes:
AHN CONSEJOS, 27527, EXP.2